Hasta el 12 de febrero de 2021, inclusive, se podrá tramitar en las oficinas de la Secretaría de Acción Social.
Para acceder a este beneficio, los vecinos que soliciten la eximición deberán cumplir con los siguientes requisitos: tener 60 años o más; tener una única propiedad, que la vivienda esté a nombre del solicitante y sea ocupada por este; la vivienda no debe estar alquilada ni poseer instalado un comercio; no contar con ingresos superiores a la suma de 2 jubilaciones mínimas; y no poseer vehículo modelo 2011 (inclusive) en adelante. 
A su vez, para realizar la gestión será necesario presentar la siguiente documentación: fotocopia de DNI y de CUIL del solicitante; fotocopia de recibo de haberes (sueldo, jubilación/pensión) del grupo familiar; certificación negativa de adultos que no posean empleo formal, pensión o jubilación; fotocopia del recibo de impuesto municipal; fotocopia de la escritura, boleto de compra-venta, adjudicación municipal donde acredite propiedad de la vivienda o cualquier otro documento que certifique la ocupación de la misma; fotocopia del Certificado Único de Discapacidad (en caso de que algún miembro de la familia lo posea). 
Cabe destacar que la eximición de Tasas es una excepción que se gestiona ante la Secretaría de Acción Social y su solicitud, en cada caso, previamente será evaluada para determinar si corresponde este beneficio. Para más información, los interesados podrán consultar ingresando a https://lincoln.gob.ar/eximicion-impuestos