Mediante un comunicado, el edil Diego Ramos, califica la medida como anticonstitucional, inconsulta, abusiva, confiscatoria e ilegal. Además sugiere los funcionarios de la Defensoría del Pueblo de la Nación llevar a cabo las medidas judiciales que correspondan a fin de dejar sin efecto tal resolución.

 

 

EL BLOQUE CAMBIEMOS RECHAZA LA RESOLUCIÓN N° 20/18 DEL GOBIERNO NACIONAL

Mediante un proyecto de Resolución ingresado al Concejo Deliberante, el Bloque de Concejales Cambiemos rechaza la medida dispuesta por la Secretaría de Energía de la Nación, emitida mediante la resolución N° 20/2018, conforme a la Ley 24076/92, en la cual se autoriza a las distribuidoras de gas a cobrar un monto extra, durante veinticuatro (24) meses compensatorio del aumento del dólar, a la que se la considera “anticonstitucional, inconsulta, abusiva, confiscatoria e ilegal”.

En la iniciativa propuesta por los ediles se plantea que, “a pesar de la razonabilidad de la corrección de las tarifas públicas implementada por el gobierno nacional, aplicando por ejemplo la tarifa social a quienes lo necesitan y sincerando los verdaderos valores de las mismas, peleando, desde los gobiernos provinciales con quita de impuestos para que el consumidor vea reducido el valor a abonar, resulta inadmisible otorgar desde el estado el pago que le corresponde al sector privado, haciendo asumir dicha responsabilidad al conjunto del pueblo”.

Por otra parte, en los considerando del proyecto se remarca que a pesar de que la medida pudiese ser defendida aduciendo su origen legal mediante la Ley 24076/92 “resulta necesario manifestar el rechazo por su carácter de abusivo, ya que el pueblo no debe asumir los riesgos de los balances de las empresas, ni pagar las diferencias en pesos por la variación del tipo de cambio que se produjo entre las mismas productoras y distribuidoras”.

A su vez, también se resalta que “fiel a lo que marca nuestra Constitución Nacional, y haciéndonos cargo de la responsabilidad que conlleva representar al conjunto de la sociedad, es necesario destacar que estas situaciones no deben estructurarse dentro de la discusión de una mera política partidaria, sino por el contrario, hacer prevalecer los derechos de la comunidad en su conjunto por sobre las exorbitantes facultades del estado”.

Por ello, en sus articulados, se dispone elevar a las autoridades Nacionales el total rechazo a los alcances de la Resolución N 20/2018 e instar a los funcionarios de la Defensoría del Pueblo de la Nación llevar a cabo las medidas judiciales que correspondan a fin de dejar sin efecto tal resolución. Por su parte, también se le encomienda a la Defensora del Pueblo y a la OMIC de Lincoln para que en forma conjunta o indistinta inicien un acción de amparo colectivo en los términos del art. 42 de la Constitución Nacional, solicitando se declare judicialmente la nulidad de los actos administrativos que autorizaron los aumentos, y que se disponga como medida cautelar la suspensión inmediata de dicho cobro mientras se sustancia la cuestión de fondo.